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Foto del escritorGamal Serhan Jaldin

Pacto Fiscal (Segunda Parte)


¿Cómo construimos un pacto fiscal que deje a todos contentos? El éxito o fracaso del Estado Autonómico depende de la capacidad imaginativa que tengamos.

Lo primero que necesitamos es cambiar de modelo tributario. Los impuestos son recaudados, administrados y fiscalizados por el Servicio de Impuestos Nacionales; a excepción de los impuestos municipales establecidos en la extinta Ley de Participación Popular, por lo que seguimos obedeciendo a una lógica paternalista y centralista. Las Prefecturas y Gobiernos Municipales –hasta ahora- no han realizado ningún esfuerzo para incrementar la captación de los impuestos nacionales.


Se propone la aplicación de un modelo de coparticipación tributaria inversa; es decir de “abajo” hacia “arriba”, que genere esfuerzos fiscales compartidos. Que parta del principio de subsidiariedad y corresponsabilidad fiscal. Que los gobiernos subnacionales realicen esfuerzos para: a) ampliar el fomento de las actividades económicas en base a la vocación productiva de sus respectivas jurisdicciones; b) fomentar la formalización de sectores económicos; y c) incrementar la capacidad de fiscalización tributaria, ampliando la base tributaria y como consecuencia las recaudaciones del Estado en su conjunto.

Esto significa que cada gobierno de la entidades territoriales autónomas (indígena originaria campesina, municipal y departamental) deberá tener una agencia tributaria interconectada, que establezca un solo Número de Identificación Tributaria para el pago de cualquier obligación fiscal, logrando un efecto de sinergia nunca antes visto, pero además con la facilidad de mayor cantidad de ventanillas de pago para todos los contribuyentes.

A partir del nuevo modelo de captación de la renta nacional, de todos los ingresos tributarios nacionales se propone la siguiente distribución:


Administración Central

55%

Gobiernos Departamentales

20%

Gobiernos Municipales e Indígena Originario Campesinos

20%

Universidades Públicas

5%

La forma de distribución entre los gobiernos subnacionales sería tomando en cuenta cuatro criterios:

a) densidad poblacional

b) pobreza

c) extensión territorial

d) esfuerzo fiscal

La densidad poblacional se expresa en la cantidad de habitantes en cada jurisdicción territorial.

La pobreza a partir de la formula expresada en la Ley 2235 del Dialogo Nacional. Estos recursos deberán ser redistribuidos por Necesidades Básicas Insatisfechas Departamentales; es decir a los más pobres más recursos, en un proceso gradual descendiente hasta el año 2015 (fecha límite de los Objetivos del Milenio) al cabo del cual se redefinirá su distribución.

La extensión territorial es una variable que no se ha tomado en cuenta y que no ha permitido que el país en su conjunto presente un desarrollo equilibrado inter e intra departamental.

El esfuerzo fiscal será medido dividiendo la cantidad de aportantes a las Administradoras de Pensiones (población ocupada formalmente) entre la población económicamente activa de cada jurisdicción. Este implicaría un esfuerzo sin precedentes del Estado a través de sus diferentes gobiernos, para la formalización de la actividad económica en cada jurisdicción.

Los gobiernos municipales seguirán administrando los impuestos de dominio municipal, los recursos provenientes del alivio de la deuda (HIPC II) y el Régimen Simplificado -que actualmente representa el 0.1% de los ingresos tributarios nacionales- por su mayor capacidad de registro y fiscalización, pudiendo significar este traspaso un interesante incremento en las rentas municipales.

Los gobiernos departamentales seguirán administrando los recursos provenientes de la regalías, cuyo destino deberá ser la diversificación económica para eliminar la dependencia de los recursos naturales.

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