Los magistrados pitufos ó MASistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional, elegidos con el 1.7% a 5.3% de los votos de los ciudadanos habilitados para sufragar en la Elecciones Judiciales 2011, han emitido un fallo en el cual declaran constitucional el Proyecto de Ley para la ReReElección de Evo Morales, con lo cual han matado tres pájaros de un tiro.
La primera de sus funestas consecuencias del Tribunal, es que han violado la Constitución producto de un pacto político avalado por la comunidad internacional y aprobada por el pueblo en enero de 2009, que expresamente prohibía la posibilidad de una tercera postulación.
Los argumentos esgrimidos fueron que con la nueva Constitución se iniciaba un nuevo orden jurídico e institucional y que dado que la norma no puede ser retroactiva, los mandatos anteriores no contaban a la promulgación de la misma.
Olvidándose entre otras cosas, que la misma Disposición Transitoria Primera parágrafo IV, “excepcionalmente prorroga el mandato de Alcaldes, Concejales Municipales y Prefectos de Departamento hasta la posesión de las nuevas autoridades electas de conformidad con el párrafo anterior”, todos elegidos con la antigua Constitución.
Las disposiciones transitorias son parte fundamental de la aplicación de una norma y son elaboradas justamente para la transición entre el viejo y el nuevo orden jurídico de cualquier norma. Con esto han roto un principio fundamental de cualquier orden democrático que garantiza la alternabilidad de sus autoridades para evitar los intentos de prorroguismo que derivan en regímenes autoritarios.
La segunda consecuencia, es que al establecer a la nueva Constitución como un parteaguas entre el viejo Estado y el nuevo Estado, genera un vacío jurídico muy peligroso que obligaría a no reconocer los actos jurídicos previos a la promulgación de la nueva Constitución, entre lo que estarían en duda por ejemplo: el ejercicio de la ciudadanía, los contratos previamente suscritos de cualquier naturaleza, los delitos cometidos con anterioridad; por lo tanto el carácter de los privados de libertad, los nacimientos, los matrimonios, los divorcios, etc., etc., etc.
La tercera consecuencia es que conspira contra la aspiración de todo el pueblo boliviano de retornar a nuestro acceso a la costa marítima del pacífico. La base de la demanda presentada días atrás ante la Corte Internacional de Justicia en La Haya, es lo que en derecho internacional se denomina “derechos espectaticios”; es decir, promesas realizadas por un Estado a otro sobre asuntos pendientes.
Imagínese al gobierno de Chile diciendo que de acuerdo al fallo del Tribunal Constitucional del Estado Plurinacional de Bolivia, Chile no tiene NINGÚN asunto pendiente con el nuevo Estado Boliviano; como lo ha venido sosteniendo su Cancillería, ya que las obligaciones pendientes han prescrito al existir un nuevo orden jurídico e institucional en el país.
El presidente Morales no puede reclamar afuera lo que no practica en casa, ya que a tiempo de promulgar la Ley 3942 de convocatoria al Referéndum Dirimidor y de Aprobación de la Nueva Constitución Política del Estado, dijo “…como dos reelecciones inmediatas para el Evo Morales, yo renuncie hermanos y hermanas por la unidad del país” como se puede ver en un vídeo del 21 de octubre del 2008.
Dicha promesa fue ratifica no una vez, sino dos veces a tiempo de promulgar la Nueva Constitución y la Ley 4021 Transitoria del Régimen Electoral; en aplicación a la Disposición Transitoria Primera parágrafo II, con la cual Evo fue electo por segunda vez consecutiva y fue celebrada con la emisión de dos sellos postales en enero del 2010 por Correos de Bolivia con la leyenda “Segundo mandato Presidente Constitucional del Estado Plurinacional de Bolivia”.
Nada de esto parece importarle a Evo & Cía., hay que meterle no más, total ya tienen a sus abogados para que lo arreglen.
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